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La colaboración con fundaciones, esencial en la práctica jurídica de LEGI LABORIS

Desde nuestra perspectiva, la actividad de un despacho de abogados especializado en derecho laboral y de la Seguridad Social no estaría completa sin prestar ayuda probono a las personas vulnerables -y a quienes las apoyan sin ánimo de lucro-, más allá de los casos del bufete.

En LEGI LABORIS, una parte fundamental de nuestra personalidad como empresa es el asesoramiento gratuito y continuado a fundaciones tutelares y asistenciales -y a las personas y familias a ellas vinculadas-, para extender nuestro conocimiento jurídico y que este derive en un beneficio social verdaderamente tangible.

Entre otras iniciativas, realizamos charlas informativas para diferentes colectivos de afectados, de temáticas de su interés. Dicha labor conecta al 100% con nuestro ADN que, en el área específica de Seguridad Social, se basa ante todo en defender los derechos de las personas que padecen una enfermedad o lesión incapacitante, y/o tienen una discapacidad.

Los expertos en estas materias no podemos anclarnos en una “torre de marfil”. Nuestra profesión ha de mantener una coherencia en ese sentido, basada en una política activa de Responsabilidad Social Corporativa, y creyendo firmemente en ella. Para nosotros eso es sumamente enriquecedor.

De casos a causas: fundaciones con las que colaboramos

Actualmente, damos apoyo a diez fundaciones de Cataluña, nuestro principal ámbito geográfico:

  • Tallers Guinardó, de inclusión sociolaboral
  • Prodis (discapacidad intelectual)
  • La Fundació Rubricatus, también de discapacidad intelectual
  • Som support, ídem
  • Fundalis, grupo de entidades independientes que alberga, entre otras a Fundació Onada, Fundació Santa Teresa y Fundació Ginac, con quienes colaboramos activamente.
  • Tac Osona (empresa de economía social)
  • Mas Albornà, de integración social i laboral.

Tanto las fundaciones como las asociaciones son formas jurídicas de entidades sin ánimo de lucro con objetivos sociales. Sin embargo, se diferencian entre ellas.

Las primeras se articulan como una unión de personas que comparten un objetivo, y suelen financiarse con cuotas de socios. Y en las fundaciones, el control y la gestión están en manos de un patronato, que destina un patrimonio de forma duradera a un fin de interés general.

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